SCJN y TWITTER, ¿IMPULSO a la CIUDADANÍA DIGITAL?

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En días pasados la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su primera sala, resolvió de manera unánime que los sujetos obligados deben responder solicitudes de información realizadas desde Twitter. Si bien la SCJN clarifica en su sentencia que problemáticas afines deberán analizarse y resolverse caso por caso, esta resolución tiene 6 impactos importantes. En este texto, los revisamos.

1. Fortalece el derecho de petición

La SCJN aclara que la ciudadanía debe seguir el proceso para ejercer el Derecho de Acceso a la Información y respetar las características del derecho de petición, expresadas en el Artículo 8 de la CPEUM, el hacer de una red social un medio para que la ciudadanía pueda solicitar información a los sujetos obligados, impulsa la gobernanza y la interacción entre ellos y la ciudadanía.

2. Promueve la rendición de cuentas

Anteriormente, la ciudadanía interesada en presentar una solicitud de acceso a la información podía acudir físicamente a la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, usar la Plataforma Nacional de Transparencia, o por las vías aprobadas por el SIPOT (correo electrónico, correo postal, telégrafo, etc.) Con esta resolución, la ciudadanía tiene a la mano un canal digital que usa de manera cotidiana, si bien es importante recordar que el peticionario debe integrar en su solicitud una serie de requisitos, hacer de Twitter un canal para que las personas puedan solicitar información promueve la rendición de cuentas y podría hacerla más eficiente.

3. Cambia el foco de Twitter para los sujetos obligados

Uno de los principales valores de las redes sociales es trazar un intercambio informativo con las audiencias. Con el fallo de la SCJN, los sujetos obligados tienen dos caminos: usar la red social Twitter con un enfoque meramente informativo, que no fomente la interacción con los usuarios, o en su defecto, hacer de su cuenta un mecanismo que fomenta el diálogo y la vigilancia de los gobernados hacia quien  reciba  y  ejerza  recursos  públicos. Esto tendrá un impacto fundamental en la percepción reputacional de los sujetos obligados para generar confianza en la ciudadanía.

4. Fomenta la participación ciudadana por medio de la información

La sentencia de la SCJN puede generar un intercambio genuino de información entre la ciudadanía interesada y los entes que reciben dinero público. Si bien el principio de austeridad republicana puede complicar que los sujetos obligados respondan en tiempo y forma a las solicitudes, la sentencia abre la puerta para reflexionar sobre el derecho de información, al olvido y de petición en audiencias que están acostumbradas a tener una relación más activa con sus gobiernos.

5. La reputación será vital

Al final del día, la información que obtengan los peticionarios puede determinar el sentido de su voto en el caso de partidos políticos, pues el votante informado tiene a premiar o castigar el desempeño gubernamental. Además, una adecuada gestión de la comunicación de la información solicitada por medio de esta red social, podría potenciar la reputación de los sujetos obligados, al fomentar la transparencia, la rendición de cuentas y el derecho de petición, estarán mejor enterados de cuáles son las necesidades de sus comunidades más cercanas, lo que permitirá, a su vez, responder con acciones afirmativas y programas sociales estas preocupaciones ciudadanas.

6. Impulsa la ciudadanía digital

La sentencia de la Corte permite a la ciudadanía apropiarse de nuevas tecnologías, que está relacionada con la construcción de nuevos espacios políticos para el desarrollo de una ciudadanía digital. Twitter dejará de ser una red social, para convertirse en un espacio de acción política. Un canal de empoderamiento cívico que a través del derecho de petición exigiría cuentas a los sujetos obligados.

Óscar Cuevas es maestro en Periodismo Político por la Septién. Licenciado en Política y Gestión Social por la UAM-X y Filosofía por la UNAM-CU. Algunas de sus líneas de investigación son comunicación política, análisis del discurso público, reputación, participación ciudadana y posicionamiento electoral.

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