CONSIDERACIONES para DISEÑAR un PROTOCOLO de ACTUACIÓN sobre la VIOLENCIA de GÉNERO 

En mi colaboración anterior les conté sobre el desafío que representa para las empresas actuar sobre la violencia de género, particularmente el acoso sexual contra las mujeres. La tarea no es fácil. Primero, necesitan reconocer su existencia dentro de su ambiente laboral. Segundo, con un poco de voluntad y compromiso es posible poner en marcha acciones contundentes que contribuyan a que este tipo de conductas no sigan ocurriendo.

Algunas organizaciones han comenzado a implementar herramientas que permiten a las mujeres denunciar cualquier situación de violencia. Sin embargo, esta única medida es insuficiente. Si bien poner en funcionamiento sistemas de denuncia y promover una cultura para que las colaboradoras reporten si son víctimas de violencia es parte del modelo de atención, no se logra resolver el problema integralmente. Además, pensar la denuncia como la vía de mitigación otorga completa responsabilidad a la víctima sobre la detención y sanción del agresor.

Por este motivo, y con la intención de poder orientar a las empresas sobre qué hacer y cómo, es que el presente artículo se elaboró. Como se los anticipé en la publicación pasada, un protocolo de actuación es el mecanismo por excelencia para atender situaciones de violencia, discriminación y desigualdad social.

Recordemos que el protocolo de actuación expone los procedimientos que se deben seguir para conseguir relaciones sociales más igualitarias. Pero, también, es la herramienta para cumplir con los marcos normativos que, en este, caso es la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Ahora bien, para que este mecanismo sea eficaz es necesario tomar en cuenta algunas consideraciones. La principal es que debe abarcar cuatro etapas: prevención, atención, investigación y sanción.

Prevención

Las iniciativas de prevención tienen como propósito evitar que suceda cualquier acto de violencia de género. Como se señala en el trabajo que coordinaron Rosa María Álvarez González y Alicia Elena Pérez Duarte y Noroña, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, “al ser la violencia de género contra las mujeres un problema estructural donde convergen distintos factores que atañen a la sociedad en su conjunto, prevenirla implica realizar acciones desde diferentes sectores, de tal suerte que puede ser de índole jurídica, penal, criminológica, de salud o sociocultural y tener distintos alcances y niveles” (1).  Y esto incluye llevar a cabo acciones de cambio de patrones socioculturales que refuerzan la discriminación de género.

Algunas sugerencias dentro de esta etapa son: incluir acciones afirmativas, priorizar la perspectiva de género y de derechos humanos en cualquier proyecto y programa de la organización, evitar reproducir estereotipos de género y contenidos que fomenten la violencia y la discriminación hacia las mujeres, utilizar lenguaje incluyente.

Asimismo, promover la cultura de la denuncia; socializar con todo el personal, desde su contratación, el protocolo y las políticas que en materia de género se tengan; promover la paridad en la contratación y en la promoción de cargos de mayor jerarquía; capacitar al personal en temas de género; ejecutar campañas de difusión permanentes sobre las causas y las consecuencias de la violencia, el acoso sexual, el hostigamiento, la construcción de las masculinidades y cualquier asunto que coadyuve a disuadir actitudes violentas.

Atención

Una vez que se identifica o se reporta una situación de violencia de género contra las mujeres se debe “brindar atención, oportuna e inmediata, especializada y confidencial, así como con calidez y empatía, a las demandas, necesidades, denuncias y solicitudes expresadas por las mujeres que solicitan los servicios de atención” (2).

En esta etapa es necesario gestionar la asistencia médica, psicológica y legal que la víctima requiera, así como coordinar las actividades administrativas al interior de la organización para dar al caso el seguimiento adecuado y establecer la relación con las autoridades que deban involucrarse.

No está de más recordar en este punto la importancia de que el sistema de denuncias que se implemente debe funcionar perfectamente y ser del conocimiento de todo el personal.

Investigación

La etapa de identificación es de suma importancia para recabar los elementos suficientes para la resolución de la denuncia. En este sentido, es clave que las empresas cuenten con regulaciones apropiadas y con perspectiva de género para realizar las investigaciones internas.

Sanción

En esta etapa se van a determinar y a ejecutar las sanciones administrativas que marque la política de la empresa. Asimismo, se definirá la pena civil o penal que establezca la autoridad gubernamental competente.

También, se recomienda llevar algún programa de intervención con el agresor con la finalidad de trabajar en la inhibición de su conducta y que no vuelva a violentar a la víctima o a otra mujer.

Para concluir, quisiera agregar que este mecanismo deberá, por un lado, ser diseñado por un equipo multidisciplinario especializado en las áreas que la violencia de género abarca. Por otro, las personas que se involucren en su implementación deberán estar formadas y capacitadas igualmente en materia de género y de derechos humanos.

Asimismo, previo al diseño del protocolo -y posteriormente de manera periódica- es necesario que las empresas realicen un diagnóstico sobre el comportamiento de sus colaboradores en materia de violencia de género, de esta manera conocerán el pulso particular al interior de la organización y tendrán la información que necesitan para diseñar e implementar de manera adecuada cualquier protocolo, estrategia, programa o acción encaminado a fomentar la convivencia en un ambiente laboral libre de violencia.


[1] Rosa María Álvarez González y Alicia Elena Pérez Duarte y Noroña (2016). Aplicación práctica de los modelos de prevención, atención y sanción de la violencia de género contra las mujeres- Protocolos de actuación. México: UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas.

[2] Ibídem.

Fuentes:

GOBIERNO FEDERAL (2007). “Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia”. Recuperado de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV_130420.pdf

Álvarez González, Rosa María y Pérez Duarte y Noroña, Alicia Elena (2016). Aplicación práctica de los modelos de prevención, atención y sanción de la violencia de género contra las mujeres- Protocolos de actuación. México: UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas.

Mariana Orozco es Internacionalista por la UNAM y actualmente estudia la maestría en Comunicación en la Universidad Iberoamericana de la Ciudad de México. Es especialista en gestión de crisis comunicacionales y experta en temas de género.